Derecho a la desconexión para teletrabajadores es ambiguo en la legislación

Ciudad de México  

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La nueva reforma incluye a colaboradores pero desprotege a patrones, experta

 

Debido a la pandemia causada por la Covid-19, el teletrabajo fue la opción para continuar con actividades laborales para el 90 por ciento de empresas mexicanas según Oxford Business Group. Ante ello, la Ley Federal del Trabajo fue reformada a principios de enero con nuevas disposiciones, en las que se incluye el derecho a la desconexión, entre otras. Sin embargo, a pesar de representar un cambio necesario en la nueva normalidad, "deja desprotegido al patrón y en su caso también al colaborador", según Wendy Cabrera, especialista legal de Red Human.

En entrevista exclusiva con NotiPress, Cabrera indicó, dicha reforma es ambigua debido a no definir las particularidades tanto del trabajador como del patrón. "Principalmente porque no especifica en que se basará el patrón para establecer el porcentaje a pagar de los servicios de internet y luz que ocupe el colaborador", agrega la especialista de Red Human, empresa enfocada en reclutamiento, captación y capacitación de capital humano.

Sin embargo, los beneficios consecuentes de la desconexión, según Cabrera, serían, un mejor desempeño de actividades laborales, así como una mejor entrega de resultados por parte del colaborador. También, con este derecho el trabajador tendrá la posibilidad de descansar de manera adecuada al evitar traslados, generando un "mejor balance en su vida personal y laboral".

Asimismo, la experta dijo, la modalidad deteletrabajo facilita las relaciones entre personas debido a que se mantiene una red activa entre las relaciones profesionales y esto abre "las puertas a nuevas oportunidades laborales". Respecto a las ventajas para el patrón de establecer el trabajo a distancia, Wendy señaló, serían menos gastos, ambiente laboral seguro y mejor rendimiento en las actividades del trabajador.

Pero la especialista en la materia indicó también, considerando los gastos en el centro de trabajo y de colaboradores correrán a cargo del patrón, éste se verá desprotegido al no establecer un "parámetro justo para el pago de los servicios". Aunado a ello, la Ley Federal del Trabajo obliga al trabajador a informar con oportunidad sobre los costos pactados para el uso de servicios de telecomunicaciones y electricidad.

Conforme a los mismos argumentos, Cabrera señala, al colaborador no le beneficia del todo estar encerrado en casa, pues este puede generar más estrés. Asimismo, no existe una Norma Oficial Mexicana que regule los riesgos psicológicos en materia de teletrabajo, señala la especialista.

El derecho a la desconexión es un logro en materia de legislación por actualizarse ante las necesidades de los trabajadores en los meses recientes. Sin embargo, la Ley Federal del Trabajo aún no contempla el rubro psicológico del trabajador, como en materia económica por parte del patrón. En un futuro, este derecho fundamental será necesario para un gran número de colaboradores consolidados en el teletrabajo.

 

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