Prohíben terapias de conversión en la CDMX por atentar contra derechos humanos

Ciudad de México  

Autor:

daniel james on Unsplash

ECOSIG serán tipificadas como delito por atentar contra el libre desarrollo de la personalidad y la identidad sexual

 

El Congreso de la Ciudad de México (CDMX) aprobó con 49 votos a favor prohibir las terapias de conversión que pretendían "corregir" la identidad de género u orientación sexual de las personas LGBTQ+. Un paso importante en materia de derechos humanos.

Las esfuerzos para corregir la orientación sexual y de identidad de género (ECOSIG), vista como conferencias, tratamientos, retiros o terapias psicológicas, entre otros, que conllevaban tratos crueles e inhumanos hacia personas de la comunidad LGBTQ+ habían despertado la preocupación del Consejo de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), así como eran objeto de debate por parte de activistas en pro de la comunidad y los derechos humanos.

Es por esto que el diputado Temístocles Villanueva presentó la iniciativa de modificar el Artículo 206 bis del Código Penal de la Ciudad de México para tipificar a las ECOSIG como delito, pues atenta contra el libre desarrollo de la personalidad y la identidad sexual, un derecho humano básico.

"Sigamos haciendo de CDMX una ciudad de avanzada en reconocer los derechos de la diversidad sexual, no solo en el resto de país, sino de América Latina, los conmino a votar a favor de los derechos humanos", declaró Villanueva.

Así, con 49 votos a favor, 9 en contra y 5 abstenciones, la reforma fue aprobada y la tipificación será cambiada en el Código Penal. Ahora a cualquier institución o particular que trata de impartir terapias de conversión en la CDMX recibirá de 2 a 5 años de prisión así como 50 a 100 horas de trabajo comunitario, con miras a incrementar la pena si la víctima es menor de edad.

 

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