El “impuesto al viento” pone a prueba las tasas municipales en Argentina

El acuerdo por megavatio reemplaza el cobro sobre facturación y suma estabilidad fiscal
Cuatro parques eólicos, 82 aerogeneradores y una recaudación estimada de entre 360.000 y 380.000 dólares anuales. Esas cifras resumen el acuerdo alcanzado en Olavarría, ciudad de la provincia de Buenos Aires, pero no resuelven la pregunta de fondo: ¿qué puede cobrar un municipio por inspeccionar instalaciones energéticas que también están sometidas a controles nacionales?
La fórmula acordada aplica una Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene calculada según la potencia instalada. El cargo se ubica entre 700 y 850 dólares por megavatio, con una tarifa menor cuando aumenta la capacidad de cada equipo. Las empresas aceptaron el esquema a cambio de un compromiso de estabilidad fiscal durante veinte años.
El mecanismo surgió después de dos propuestas diferentes. Primero, Olavarría buscó cobrar el 1,38% de la facturación total de los parques ubicados en su jurisdicción. Luego planteó un pago anual de 5.200 dólares por aerogenerador. La negociación terminó desplazando esas opciones por un cálculo basado en megavatios instalados.
El cambio importa porque una tasa municipal no funciona jurídicamente igual que un impuesto destinado a obtener recursos. Para sostenerse como tasa, debe existir una contraprestación concreta e identificable. Por eso, la controversia no depende únicamente del monto: también exige determinar qué inspección realiza el municipio y cuánto cuesta prestar ese servicio.
El antecedente de Puerto Madryn mostró el riesgo de perder esa correspondencia. En 2020, el municipio intentó aplicar un gravamen cercano al 5% de la facturación eólica. La Justicia federal frenó la medida al considerar que operaba como un impuesto encubierto, pese a presentarse como una tasa.
La discusión volvió a ganar relevancia con dos decisiones recientes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Aunque no involucraron parques eólicos, los casos de Banco Galicia frente a la Municipalidad de Córdoba y de una mutual ferroviaria frente al municipio de Pergamino cuestionaron tasas calculadas sobre los ingresos totales de los contribuyentes.
El criterio señalado exige que el monto guarde relación con los costos directos e indirectos del servicio utilizado para justificar el cobro. Su alcance puede resultar relevante para parques eólicos, bancos, supermercados y otras actividades sujetas a gravámenes municipales basados en ingresos generales.
Olavarría eligió una fórmula distinta y consiguió un acuerdo con las empresas. Sin embargo, el debate permanece abierto: cambiar la base de cálculo no elimina la necesidad de identificar el servicio prestado y su costo. En esa relación se define si el llamado "impuesto al viento" es realmente una tasa municipal.
ArgentinaEnergíaProvincia de Buenos Aires





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