Por qué el SAT podría cancelar los sellos fiscales de una empresa

Ciudad de México  

Oliver Menyhart en Pixabay

Omitir declaraciones de impuestos e incurrir en la creación de facturas falsas son algunas razones

 

Con la entrada del Nuevo paquete fiscal para 2021, se endurecieron los requisitos a cumplir para evitar la cancelación del certificados de sello digital (CSD), otorgado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para la emisión de facturas electrónicas. Siendo estos procesos de importancia capital para mantener cualquier negocio a flote durante la pandemia de Covid-19, es importante conocer los nuevos requisitos estipulados por la ley fiscal.

Esta reciente reforma publicada el pasado 8 de diciembre de 2020 es parte de una larga lista de legislaciones decretadas con el propósito de aumentar la recaudación fiscal en México. Ello, atacando principalmente la práctica de transmitir pérdidas fiscales de forma indebida y facturar operaciones simuladas, falsas o ilegales a través de las llamadas empresas factureras. No obstante, aunque las adiciones al Código Fiscal de la Federación (CFF) buscan evitar la evasión de impuestos, podrían estar afectando de manera desmedida a pymes.

Para el caso de aquellas pymes que no participan de actividades ilegales, la cancelación de CSD se debe principalmente a desconocimiento o errores en el proceso de declaración de impuestos por parte del contribuyente. Aunado a lo anterior, existe el escenario donde un contribuyente entra en un esquema de facturas apócrifas sin saberlo, afirma César Gargari, socio director de la consultora Credit Brokers. Hay casos, menciona, donde es posible adquirir accidentalmente los servicios de una empresa que genera facturas con emisores fraudulentos.

No obstante, entre las medidas que una empresa puede implementar para evitar malos entendidos con el SAT, está el clarificar los procesos contables según los requisitos de esta institución. Por una parte, implica mantener actualizados el domicilio fiscal y otros datos importantes ante el registro de contribuyentes y poder ser localizado. Por otro, realizar las declaraciones en tiempo y forma, evitando errores de captura sobre todo en lo referido a ingresos declarados e impuestos deducidos. Además, de acuerdo con las adiciones al artículo 17-H promulgadas en 2020, el CSD amerita suspensión si el contribuyente omite presentar por un mes tanto su declaración anual o tres o más declaraciones periódicas consecutivas.

También, según la fracción IX del artículo 17-H del CFF, es motivo de cancelación de CSD poner en riesgo la confidencialidad de los datos proveídos por el SAT para la creación de firma electrónica. Ello, tanto por uso indebido de estos datos por parte del contribuyente o incluso a causa de brechas en la seguridad de los sistemas digitales del negocio.

Pese a todo lo anterior, y gracias a la percepción de que las reformas resultan demasiado punitivas, desde 2018 el contribuyente cuenta con la protección de la Garantía de Audiencia. Impulsado por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, esta obliga al SAT a notificar al contribuyente de alguna irregularidad previo a la suspensión del CSD. Ante esto, Simón Díaz, director de el20.mx, plataforma que brinda soluciones de contabilidad a empresas y pymes, enfatizó a la agencia NotiPress la importancia de mantenerse informado. "Si tú no estás atento a tu buzón tributario, en donde tienes algún aviso, lo que puede estar sucediendo es que estás dejando de tener información para resolver irregularidades antes de tiempo", afirmó.

En última instancia, lo importante es evitar que los negocios puedan ver sus sellos digitales cancelados y, por tanto, sus operaciones congeladas por un error o falta de información. Según datos del SAT, tan solo en 2019 se cancelaron 49 mil sellos digitales, revelando la importancia comunicar de forma más clara las obligaciones a las que están sujetos los contribuyentes digitales. Ello, especialmente en un momento como la pandemia de Covid-19, durante la cual 5 millones de mexicanos redujeron su uso de dinero en efectivo, según Banxico.

 

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